KIT DIGITAL Ayudas a fondo perdido

Ayudas a la digitalizaciónde empresas de entre 10 y 50 empleados. Inicio de presentación de solicitudes15 de marzo

Se hapublicado en el BOE la convocatoria a las empresas de entre 10 y 50empleados de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas,microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de laAgenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plande Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por laUnión Europea- Next Generation EU.

 

Objeto: El Programa Kit Digitaltiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas ypersonas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones dedigitalización disponibles en el mercado.

 

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

  • Pequeñas empresas de entre 10 y 50 trabajadores.
  • Personas en situación de autoempleo que dispongan de entre 10 y 50 personas contratadas.

Los beneficiarios deberán tener una antigüedad mínima de 6 meses y estar inscritos en el Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.

 

Cuantía de ayudas y categorías de soluciones de digitalización incluidas. El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €)


Plazode presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes es de 6 (6)meses, computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas hasta el 15de septiembre de 2022 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si seagotase el crédito presupuestario establecido.

 

Procedimiento:

Lasempresas interesadas deberán:

  1. Registrarse en la página web www.acelerapyme.es  y completar el test de autodiagnóstico.
  2. Solicitar la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es, completando todos los pasos del formulario  
  3. Acceder al catálogo de agentes digitalizadores y  escoger el agente con quién desarrollar la solución digital.
  4. Ponerse en contacto con los agentes digitalizadores y suscribir el Acuerdo de Adhesión que recogerá las características/funcionalidades a implementar, su plazo de ejecución o desarrollo, la entrega, las obligaciones entre ambos y para con el Programa y el importe del “bono digital” aplicable.

Plazo máximo de 6 meses para la firma de los Acuerdos desde que se les notifique laconcesión del “bono digital”.

  1. El Agente Digitalizador Adherido procede a la prestación de la solución de digitalización. Durante la prestación de la solución digital, el Agente Digitalizador Adherido, en nombre del beneficiario, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas consistente en la documentación exigida y las demás pruebas admitidas en derecho, en su caso.
  2. El pago de la prestación se realizará por el beneficiario mediante la cesión al Agente Digitalizador Adherido de la parte del «bono digital» asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito, y abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionados.
  3. Una vez esta sea comprobada y verificada, el Agente Digitalizador Adherido recibirá el pago por el importe del “bono digital” correspondiente a la ayuda asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito.

 

Másinformación:

  • Documento de preguntas frecuentes relativas a la convocatoria elaborado por Red.es
  • Sede electrónica de Red.es
  • Convocatoria Extracto de la Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021- 2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
  • Bases reguladoras Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
  • https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital